Reportaje
México responde mal y de malas a expertas de la ONU sobre DH de mujeres
Por: Hazel Zamora Mendieta
CDMX.-: Será evaluado en julio de este año. / Agencia/archivo
CDMX / 2018-04-07 07:30:00.- De cara a la 9ª evaluación de México ante el Comité de expertas de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), requirieron al Estado mexicano información complementaria a la que ya había presentado, sobre datos de aborto, acceso a la información, migración de mujeres, impartición de justicia en casos de feminicidio, acceso a la justicia para las mujeres y los resultados de la Alerta de Violencia de Género.

Todas ellas son dudas surgidas del informe que cada cuatro años entrega el Estado mexicano -el último lo entregó en diciembre de 2016- y fueron solicitadas luego de una sesión de trabajo que mantuvieron en noviembre de 2017 en Ginebra, Suiza.

El Estado mexicano respondió a todas ellas en marzo de este año a través de un informe.

En el caso de los resultados de la AVG (de las 13 que decretó) dijo que “no existe un mecanismo para evaluar su impacto”; y sin desglosar la información de las víctimas, victimarios, las condiciones y entidades donde ocurrieron los casos de feminicidio – tal como lo pidieron las expertas de CEDAW– dijo que en cuatro años (2013 a 2016) se abrieron 2 mil 157 carpetas de investigación o averiguaciones previas por feminicidio de las cuales, 335 derivaron en sentencia.
De estos casos, destaca que un 34 por ciento ocurrieron en 2015 (730 en total), colocándose como el año con mayor número de carpetas o averiguaciones registradas por feminicidio.

A pesar de que el Estado mexicano indicó en el documento dirigido al Comité de CEDAW que las entidades federativas “no tienen instituciones capaces de enfrentar la violencia de género”, no detalló las barreras que impiden al mecanismo de la AVG tener resultados como se requirió. Esto, sostuvo, se debe a que “no existe aún un mecanismo para evaluar el impacto de la AVG”.

Respecto al bajo número de sentencias por feminicidio, argumentó que “el proceso de procuración e impartición de justicia en México es largo” y los casos que tienen una sentencia es porque “ya han recorrido un largo camino”; y aceptó que “todavía se tiene un registro incompleto sobre el número de casos de feminicidio”.

Otras cuestiones en materia de violencia contra las mujeres que el Comité de CEDAW pidió que fueran aclaradas por el Estado mexicano antes de la evaluación prevista del 2 al 20 de julio, quedaron sin respuesta, como las medidas que se han tomado para erradicar la mala investigación de los asesinatos de mujeres específicamente en los estados de Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, el Estado de México, Veracruz y Quintana Roo, así como en la Ciudad de México y Ciudad Juárez.

El Estado mexicano únicamente describió en el informe complementario los sistemas de recolección de datos sobre casos de violencia de género que han implementado algunas de estas entidades, pero que se han hecho como parte de las acciones que deben cumplir por una solicitud de AVG.

ABORTO POR NOM 046

En el tema de aborto y el por qué no se aplicaba la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-046) en los casos de violación, el Estado respondió que durante 2017, únicamente 89 mujeres interrumpieron un embarazo producto de una violación en cumplimiento con dicha Norma, pues apenas en ese año la Secretaría de Salud (Ss) comenzó a elaborar el “Informe sobre casos de Interrupciones Voluntarias del Embarazo al amparo de la NOM-046-SSA2-2005.”

Cabe recordar que esta Norma Oficial data de 1999 pero únicamente se refería a la violencia familiar, por lo que fue modificada en 2006, a raíz del caso de la violación sexual de la entonces menor de edad Paulina, en Baja California, y como parte del acuerdo de Solución amistosa emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para incluir la violencia sexual y contra las mujeres, así como el acceso al aborto por violación como un derecho que ampara esta Norma, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación hasta 2009.

En 2016 se realizó otra reforma a la NOM que permitió que las víctimas de violación no tuvieran que presentar una denuncia para acceder al aborto, y facilitó a las niñas menores de 12 años de edad, poder recibir el servicio únicamente acompañadas de un tutor, sin necesidad de que sea el padre o la madre.

El Estado mexicano también informó al Comité de CEDAW que en cinco años, 2013 a 2017, se registraron 452 mil 402 egresos hospitalarios por aborto y que de 2013 a 2016, unas 37 mujeres han sido sentenciadas por practicar un aborto.

Agregó que en la Ciudad de México, la única entidad donde se puede interrumpir legalmente un embarazo de forma voluntaria (ILE) dentro de las primeras 12 semanas de gestación, se han practicado 192 mil 551 abortos desde abril de 2007 hasta el 15 de marzo de 2018.

Respecto a las estrategias que ha implementado el Estado para que las mujeres conozcan su derecho a interrumpir un embarazo en caso de violación y las sanciones que existen para el personal de salud que incumpla la Norma, el Estado mexicano sólo afirmó que ha difundido a la población qué hacer en caso de una violación sexual.

Informó que se ha capacitado al personal de los servicios de urgencias médicas sobre la Norma 046 a través de talleres y señaló que en caso de que incumplan en su aplicación, esto “da origen a sanción penal, civil o administrativa”, pero no detalló cuántas personas han sido penalizadas por ello.

Cabe destacar que la organización civil experta en derechos sexuales y reproductivos IPAS, México, envió al Comité de Expertas, previo a su sesión de trabajo con el gobierno mexicano, un informe sombra en el que denunció que las mujeres no estaban accediendo a este derecho y cómo el personal de salud incumplía la aplicación de la NOM 046.

De acuerdo con IPAS, se estima que alrededor de 14 mil mujeres son víctimas de este delito cada año; mientras que de 2018 a 2016 se reportó que 103 mil 742 niñas menores de 14 años se convirtieron en madres.

SIN EXPLICACIÓN LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA

Las expertas de la ONU también solicitaron información de la objeción de conciencia pues les inquietó la reforma propuesta a la Ley General de Salud para incluir en el Artículo 10 BIS la “objeción de conciencia” que entonces estaba en trámite en el Senado de la República que permite al personal sanitario (de enfermería y médico) negar el acceso a servicios de salud, incluido el aborto y la anticoncepción, por razones de creencias personales. Ante esta situación pidieron al Estado mexicano explicaciones.

Pese a ello, no respondió a esta solicitud y únicamente refirió a CEDAW que el “Poder Legislativo aprobó altos estándares en materia de salud sexual y reproductiva, no obstante las discusiones son parte del ejercicio de pluralidad democráticas que impera en nuestro país”, dijo.

Esta reforma a la Ley General de Salud fue aprobada por el Senado el pasado 22 de marzo lo que provocó que feministas y senadoras demandaran en una carta pública, a Enrique Peña Nieto, vetar la reforma.

Cabe mencionar que eliminar los obstáculos para que las mexicanas accedan a métodos anticonceptivos y el aborto, son demandas añejas del Comité de CEDAW, quien desde 2012 exigió al Estado mexicano armonizar las legislaciones estatales relacionadas al aborto y asegurarse que cada entidad implemente la NOM 046.

ACCESO A LA JUSTICIA

Sobre el tema de acceso a la justicia, la organización Equis Justicia para las Mujeres informó al Comité de expertas de la ONU sobre la “situación de acceso a las justicia de las mujeres en México”, por lo que las expertas se valieron de este reporte para cuestionar por primera vez al Estado mexicano sobre la actuación del Poder Judicial.

Al respecto, el Estado mexicano únicamente se limitó a informar al Comité, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal publicaron 100 por ciento de sus sentencias, pero no informó cómo se están dando en todo el país, reprochó la organización Equis Justicia, lo que resulta preocupante ya que por medio de diversas investigaciones, esta organización documentó que actualmente 10 entidades no han publicado una sola sentencia en los dos últimos años en el Portal Nacional de Transparencia.

CEDAW también requirió de manera adicional al informe que entregó el gobierno mexicano, conocer los mecanismos para identificar las prácticas discriminatorias que aplica el personal juzgador al dar solución a los casos de violaciones a los derechos de las mujeres. De forma vaga el Estado dijo que ha “ampliado significativamente” la capacitación a las autoridades del Poder Judicial.

Equis Justicia denunció que es grave que no exista una forma de evaluar la calidad y efectividad de estas “capacitaciones” porque, además de que no se tiene acceso a las sentencias, se han invertido grandes cantidades económicas en ellas. Tan solo de 2008 a 2017 los Poderes Judiciales locales invirtieron más 596 millones de pesos en capacitaciones relacionadas con perspectiva de género y Derechos Humanos (DH).

Sin embargo, la organización sigue documentando una serie de casos en los que las personas juzgadoras vierten prejuicios y estereotipos de género, dando lugar a sentencias discriminatorias que obstaculizan el acceso a la justicia para las mujeres, dijeron.

MUJERES PRIVADAS DE LA LIBERTAD NO ES TEMA PARA EL ESTADO

La situación de las mujeres privadas de la libertad fue otro de los temas por los que el Comité de expertas de la CEDAW requirió información al Estado debido al desmedido aumento del enjuiciamiento de mujeres por delitos relacionados con las drogas, que según las expertas de la ONU, en 2015 creció un 75 por ciento.

El Estado solo reportó que construyó el Centro de Rehabilitación y Reintegración Social (Cefereso) número 16 en el estado de Morelos, a decir del gobierno “un modelo innovador” para el sistema penitenciario en apego a los “Derechos Humanos, trabajo, capacitación, educación, salud, deporte y programas múltiples de actividades”. No obstante, respecto al aumento de encarcelamiento de mujeres por delitos relacionados con drogas, no dio ninguna respuesta.

En este sentido, Equis Justicia criticó que el Estado mexicano respondió a CEDAW “información ambigua, pocos sustentada”, pero sobre todo, que desdibuja la realidad en materia de acceso a la justicia para las mujeres, transparencia judicial y la situación de viven la población femenina privada de la libertad.

El veredicto si el Estado mexicano ha avanzado o no a favor de los derechos de la población femenina quedará en manos de las 23 expertas que conforman el Comité de CEDAW en la evaluación que se llevará acabo del 2 al 20 de julio.

De ahí, el Estado tendrá que asumir con carácter obligatorio, las recomendaciones que las expertas emitan. Cabe recordar que esta es la novena evaluación a la que se somete México ante CEDAW desde 1981 que se suscribió al instrumento internacional en pro de los derechos de las mujeres.