Reportaje
Una justicia a favor de los feminicidas
Por: Hazel Zamora Mendieta
CDMX.-: La disculpa pública de Lesvy / Agencia/archivo
CDMX / 2019-05-05 11:55:07.- Araceli Osorio no tiene tiempo para el duelo porque no ha parado desde hace dos años que asesinaron a su hija Lesvy Berlín Rivera Osorio en las instalaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Se ha hecho a la idea que el proceso jurídico para resolver el caso de su hija puede tardar años, lo sabe bien de otras familias de víctimas de feminicidio, quienes como ella, han atravesado caminos tardados y devastadores para conseguir justicia.

Si desde el inicio la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJDF) hubiera investigado la muerte violenta de Lesvy como feminicidio y no dado por hecho que cometió suicidio, quizá el acceso a la justicia hubiera sido expedito y la familia de Lesvy no hubiera peleado en tribunales la reclasificación de la carpeta de investigación a feminicidio.

Pero la realidad es que a dos años de que su cuerpo fue abandonado en una caseta telefónica cercana al Instituto de Ingeniería de la UNAM, apenas iniciará el juicio oral por el delito de feminicidio agravado contra su expareja, Jorge Luis “N”. Todo parece indicar que será en junio próximo.

Desde hace dos años, la defensa legal del acusado ha agotado todos los recursos jurídicos para que Jorge Luis no sea juzgado por feminicidio, sino por homicidio, el último lo agotó el pasado 23 de marzo cuando el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito desechó el amparo contra la apertura a juicio oral que presentó la defensa del acusado, quien se encuentra en prisión preventiva en el Reclusorio Oriente.

En este tiempo también la instancia de procuración de justicia capitalina ha tenido que enmendar sus errores, pero más por las presiones sociales y de las instancias de Derechos Humanos.

Ahora, con una administración distinta a la que en su momento estigmatizó a Lesvy desde que encontraron su cuerpo, la madrugada del 3 de mayo en las instalaciones de Ciudad Universitaria, la Procuraduría ofrecerá hoy una disculpa pública a la familia de Lesvy por las violaciones en el debido proceso, acceso a la verdad y justicia.

El acto tendrá lugar en las instalaciones de la UNAM, el sitio que Araceli Osorio eligió para que la PGJDF cumpla la Recomendación 1/2018 que emitió en su contra la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHDF).

Araceli contó a Cimacnoticias que ha anhelado esta disculpa en memoria de su hija, para su familia y las demás mujeres cuyas vidas han arrebatado. La disculpa se da en momentos críticos para la máxima casa de estudios y la propia PGJDF, quienes investigan la muerte violenta de otra alumna de la UNAM, Aideé, quien murió esta semana a consecuencia de un disparo con arma de fuego mientras se encontraba en su salón de clases en el CCH Oriente; y en medio de desapariciones de estudiantes de la misma institución académica.

GRIETAS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA

El caso de Lesvy mostró la violencia de género en la UNAM pero también la mala clasificación que sigue habiendo de los asesinatos de mujeres por razón de género, mostró el latente miedo de las madres a que los jueces amparen a los presuntos responsables, las negligencias en las investigaciones y los largos y lentos procesos en la búsqueda de verdad y justicia.

“La lucha es en dos sentidos, contra el feminicida, pero también están las autoridades”, agregó la asesora jurídica del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) y litigante del caso de Lesvy, Ana Yeli Pérez Garrido.

La Ciudad de México tipificó desde 2011 el delito de feminicidio en el Código Penal (antes que en el Federal). Un año más tarde le dio sentido con el Protocolo de Investigación para el delito de feminicidio. La PGJDF tiene un área especial que revisa los casos y en 2016 adoptó el nuevo Sistema Penal Acusatorio, que entre sus novedades, reconoce los derechos de las víctimas y exige investigaciones con rigor científico.

Todos estos instrumentos aunados a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establece la obligación de investigar todas las muertes violentas de mujeres con perspectiva de género y ahora que entró en vigor la controversial reforma al artículo 19 de la Constitución mexicana que convirtió al feminicidio en unos de los delitos que requieren prisión preventiva oficiosa, deberían generar procesos jurídicos eficaces, expeditos y sentencias justas, pero no ocurre así.

“SU HIJA SE SUICIDÓ”

Al igual que a la madre de Lesvy pero años atrás, el 21 de septiembre de 2014 a Mónica Borrego le notificaron que su hija Yang Kyung María Borrego, se había “suicidado”.

En un principio ella creyó esta versión, pero nunca confió de la relación sentimental que su hija sostuvo con Jorge Humberto “N”, con quien Yang tenía 15 días de vivir juntos. Entonces decidió preguntar a los amigos y compañeros del trabajo de su hija, descubrió que ella era víctima de violencia.

El cuerpo de Yang no fue encontrado en suspensión, Jorge Humberto dijo que él la encontró colgada y trató de bajarla, razón por la cual, según su declaración, el cuerpo “había resbalado por las escaleras quedando recostado sobre éstas”.

Con esta aseveración la PGJDF sólo tuvo como línea de investigación un suicidio, no resguardaron adecuadamente el lugar de los hechos, el objeto con el supuestamente Yang se ahorcó está extraviado y se ignoraron las lesiones que tenía el cuerpo de Yang y su ropa desgarrada, indicó el OCNF que representa legalmente el caso.

Mónica Borrego pidió a las autoridades que ampliaran la investigación sobre el supuesto suicidio de su hija e investigaran a Jorge Humberto como el posible asesino. No obstante, la Procuraduría ignoró la solicitud de la madre hasta dos años después cuando a Jorge Humberto lo volvieron a acusar y detener por asesinar a otra de sus parejas, Campira Camorlinga Alanís.

Con el feminicidio de Campira el caso de Yang Kyung se volvió a abrir, pero queda un largo trabajo para reclasificarlo a feminicidio. A cinco años de los hechos se mantienen las investigaciones y el proceso jurídico del caso de Yang se llevará en juzgados que operan con el antiguo Sistema Penal Inquisitivo, por la fecha en que ocurrió el asesinato. Esto significa procesos más burocráticos para la familia, más tiempo.

ENTRE FEMINICIDAS Y AUTORIDADES

Pero no sólo es enfrentar las omisiones de las autoridades, también a los feminicidas que buscan su libertad o lograr una reducción de pena. Los familiares de víctimas de feminicidio viven los procesos judiciales con el miedo constante a que un juez ampare a los acusados y su búsqueda de justicia se vea truncada.

Encontrarse cerca de la impunidad lo conoce bien la familia de Sandra C, quien a sus sólo 17 años de edad fue asesinada en la Ciudad de México en julio 2013. Javier “N”, el presunto responsable del delito, hizo uso de diversos recursos para evitar a toda costa ser juzgado por el delito de feminicidio, casi lo consiguió.

Sandra C. fue localizada con signos de violencia sexual y extrema violencia física a las afueras de la Unidad Habitacional Tlatelolco, por lo que el caso fue clasificado como feminicidio; sin embargo, el presunto responsable interpuso un recurso de apelación un año después cuando se decretó formal prisión en contra de Javier. Su defensa alegó la inexistencia de elementos para decretar un feminicidio.

La Tercera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia favoreció al acusado y reclasificó el caso de feminicidio a homicidio calificado.

En parte de la sentencia que publicó el OCNF se lee: “no existe algún indicio que permita establecer ni aun circunstancialmente (sic), del sujeto activo odio o aversión hacia la paciente por cuestión de género, menos aún que hubiese algún tipo de extrema violencia, sólo para mantener en estado de sometimiento a Sandra C.; precisamente porque era la primera vez que se trataban personalmente […] por lo que no pueden vincularse estos indicios con la posibilidad de que el justiciable, hubiese desplegado su acción por algún motivo de odio o aversión hacia el género femenino representado en la persona de la ahora occisa[…]”

La organización que representa legalmente el caso señala que con esta resolución las autoridades justifican al agresor, invisibilizan y dejan de reconocer un contexto de violencia en el que fue localizada Sandra, en el que se refleja el tratamiento degradante y destructivo del cuerpo de la mujer.

A pesar de que la familia de Sandra agotó todos los recursos jurídicos para impugnar el fallo, estos fueron insuficientes para evitar la reclasificación del delito. Por lo que tres años después del asesinato de Sandra, el 29 de mayo de 2017, se dictó sentencia de 50 años de prisión por el delito de homicidio calificado contra Javier “N”.

Por ahora las y los abogados del OCNF lograron reclasificar nuevamente el delito como feminicidio. “Hicimos uso de un amparo directo y se determinó que el caso no se había resuelto con perspectiva de género y que hay elementos suficientes para la acreditación del feminicidio”, detalló en entrevista el abogado del caso de Sandra, Rodolfo Domínguez Márquez.

Debido a que el asesinato ocurrió previo a la instalación del Sistema Penal Acusatorio, este caso también se lleva con el Sistema Inquisitivo. De acuerdo con el defensor del caso, no deberían pasar más de cuatro meses para que se obtenga la sentencia definitiva por el feminicidio de Sandra. A la par, se deberá realizar la reparación integral del daño, otro tema pendiente en la agenda.

LARGO CAMINO A LA JUSTICIA

Contrario a los pronósticos sobre las herramientas para investigar el feminicidio y la instauración del nuevo sistema de justicia que garantiza derechos de las víctimas, los presuntos feminicidas continúan valiéndose de recursos para no llegar a los juicios o les permiten reclasificar el delito, como ocurrió en el caso de Sandra y de Lesvy.

Para el coordinador del Colectivo “Aequus”, Víctor Caballero Sierra, de acuerdo a su experiencia en el acompañamiento legal de casos de feminicidio, los procesos se alargan sobre todo en la etapa de apertura a juicio. Este es el momento cuando los feminicidas recurren a todos los recursos posibles para evitar el juicio.

En su opinión, el nuevo sistema penal acusatorio brinda demasiadas garantías a los acusados, por ejemplo en el procedimiento abreviado uno de los recursos es que brindan garantías a los feminicidas, pero no a las víctimas.

Caballero Sierra indicó que el procedimiento abreviado es una de las innovaciones del sistema penal y se desarrolla a petición del presunto responsable, implica que él mismo se declare culpable y su defensa presente herramientas para reparar el daño. Sólo procede si es aceptado por la víctima, de ser así equivaldría a una reducción de la pena para el feminicida y fin del proceso legal.

“En algunos feminicidios, aunque fueron graves, los procesados alcanzan penas muy bajas. Hay diversos recursos que usan los probables responsables, en su mayoría presentan amparos. Por ejemplo, una de las revisiones primarias es verificar si la detención fue legal o no; si no lo fue, de ahí se enganchan”, dijo el defensor.

Otro recurso tiene ver con la violación a la presunción de inocencia. “Lo que hemos identificado es que los procesados hacen valer la publicidad que tienen los casos. Los familiares dan a conocer los nombres a través de redes sociales o medios de comunicación. Ante esto el detenido alega violación a su presunción de inocencia”.

Estos y otros recursos son la razón por la que se alargan los procesos judiciales. Un caso que se podría resolver en semanas, se alarga a meses; lo que representa procesos largos y cansados para las familias, quienes sólo buscan justicia para las mujeres.

Para el abogado Rodolfo Domínguez, cuando se da prioridad a los derechos de los presuntos responsables esto deriva en impunidad, y “la impunidad manda un mensaje de permisividad y tolerancia por parte del Estado; eso genera una situación de mayor riesgo para las mujeres”, afirmó.

FEMINICIDIO EN CDMX

De acuerdo con Rodolfo Domínguez, el problema de la falta de justicia en casos de feminicidio también tiene que ver con la resistencia de las autoridades para reconocer estos crímenes de violencia extrema contra las mujeres: “como si no nombrarlos implicara la no existencia de esa realidad”.

Según datos de la PGJDF durante los años 2012 a 2016 hubo 260 casos de feminicidio, señaló en su informe “Implementación del tipo penal de feminicidio en México: desafíos para acreditar razones de género 2014-2017”, el OCNF.

De manera desagregada, la Procuraduría informó que en 2014 se perpetraron 51 casos de feminicidio; en 2015 la cifra fue de 56 casos; para 2016 los casos de feminicidio fueron 48 y finalmente, de enero a diciembre de 2017 se registraron 40.

Casos como los de Lesvy, Yang y Sandra, no figuran en estas estadísticas al no ser clasificados correctamente desde un inicio como feminicidio.

Debido a la falta de acceso a la justicia y al debido proceso en estos y otros casos, fue que se pidió desde septiembre de 2017 la Alerta de Violencia de Género (AVG) para la Ciudad de México, misma que a la fecha sigue sin resolución.